Por Rafael Cano Franco
A pesar de una andanada declarativa, cuyo eje central era la petición de la Presidencia de la República para que se respetará la decisión del Poder Legislativo en torno al llamado “Plan B” electoral, la Suprema Corte de Justicia no se dejó intimidar y con una votación de 9-2 borró el adefesio que aprobaron las cámaras de diputados y senadores.
Por supuesto que la Corte no invadió, ni tampoco se impuso al otro poder; lo que sucedió en realidad es que estableció con mucha precisión que no solamente se trata de validar el contenido de las leyes, sino también los procesos para elaborarlas y en el caso del Plan B, ese proceso no se cumplimentó acorde como lo establecen las normas y procesos legislativas.
El llamado “Plan B” que presentó el presidente López Obrador al poder legislativo y que fue aprobado sin mayores modificaciones, se hizo en dos partes en las cuales se modificaron seis ordenamientos secundarios ante la imposibilidad de realizar cambios constitucionales.
La primera parte del “Plan B” fue aprobada en diciembre del 2022 y consta de dos leyes: la Ley General de Comunicación Social y la Ley de Responsabilidades Administrativas.
Son estas dos las que echó abajó la Suprema Corte en su sesión de ayer, bajo un proyecto que presentó el ministro Alberto Pérez Dayán.
Desde un principio se advirtió que ambas leyes tenían una tendencia presupuestal, donde se estableció una fundamentación tendenciosa, ahí se decía que la propaganda de los entes públicas que no fuera etiquetada no sería considerada propaganda, todo ello a pesar de que implicaba el uso de recursos públicos y era obligación de las autoridades suspender ese tipo de acciones en tiempos electorales.
Al mismo tiempo se daba manga ancha para que servidores públicos pudieran realizar manifestaciones públicas en torno a temas electorales –algo a lo que es muy afecto el presidente López Obrador–, bajo el amparo de que estaban ejerciendo su derecho a la libertad de expresión o, en su defecto, de que estaban en pleno uso del ejercicio de sus funciones públicas.
Esto abrió la puerta para que “las Corcholatas” pudieran realizar acciones proselitistas, realizar giras de promoción personal, se contrataran carteleras y bardas alusivas a sus aspiraciones, organizaran informes de trabajo y hasta programas y todo sin que se les sancione ni se les fiscalizara la procedencia de los recursos utilizados para tales acciones.
Ahora bien, esta primera parte del Plan B fue demandado ante la corte por inconstitucional, pero la corte consideró que el hecho de que se aprobara una reforma sin que hubiera deliberación de las fuerzas políticas representadas en el Congreso de la Unión y sin que estas conocieran el contenido de lo que se avaló, era una violación a los procedimientos parlamentarios.
Entonces, cuando la Suprema Corte estableció que el Congreso incurrió en violaciones al procedimiento legislativo al aprobar el llamado “Plan B” y lo echó abajo, ya ni siquiera fue necesario que se entrara a la discusión de fondo respecto a si era acorde a la Constitución o si era inconstitucional.
Por supuesto que esta derrota legal que infringe la SCJN a las modificaciones electorales que planteó el presidente López Obrador al INE, derivarán en nuevo enfrentamiento entre el Ejecutivo y Legislativo en contra del Poder Judicial.
Pero, además, esto también deja abierta la posibilidad de que la segunda parte del “Plan B”, esa que se aprobó este 2023 y que se publicó en marzo pasado, también pueda derrumbarse porque el principio de violación de procedimiento legislativo también aplica.
Esta segunda parte de modificación contiene: la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del Poder Judicial, además, se expidió la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación.
Todas estas modificaciones se analizarán en una posterior sesión y corresponde al ministro Javier Laynez Potisek, elaborar el proyecto que se presentará al Pleno de la SCJN, de hecho, todavía se están recibiendo demandas de inconstitucionalidad en contra de esa norma. Si la primera parte del Plan B que derrumbó la SCJN, dolió en la Presidencia de la República; que les echen abajo esta segunda parte, marcará una gran derrota legal para López Obrador.
Pero también hay que decirlo, es mantener vigente, al menos en una parte, el sistema democrático: pero más importante es el mensaje de independencia y autonomía en sus decisiones que manda la Suprema Corte, el único poder que hace contrapeso al Ejecutivo y al Legislativo, este último sometido al primero.