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Ciudad Juárez

Personal de la CFE, Banxico, Pemex y el SAT podría portar armas de fuego

22 de septiembre de 2024

Andrés Manuel López Obrador está a punto de cerrar su ciclo como presidente de México y antes de dejar el cargo para ceder la titularidad del Poder Ejecutivo a Claudia Sheinbaum como su sucesora, ha impulsado una reforma que permitiría reforzar la seguridad en las sedes de varios organismos autónomos, con lo que se autorizaría a los funcionarios portar armas de fuego en las labores que así lo requieran.

La propuesta del mandatario actual se refiere a instituciones descentralizadas como el Banco de México, la Comisión Federal de Electricidad, Petróleos Mexicanos y el Servicio de Administración Tributaria, por lo que dotaría de facultades de portación de armas letales al personal encargado de labores relacionadas con la seguridad de esos organismos, que incluyen empresas productivas del Estado, el banco central y el brazo recaudador de impuestos que trabaja de manera autónoma para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El proyecto que impulsa el político tabasqueño en las últimas jornadas de su administración fue presentado el 18 de septiembre de 2024 en la recta final para concluir su sexenio; y consiste en una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego que permitiría la portación de estos artefactos al personal de las instituciones mencionadas.

De prosperar en el Poder Legislativo la iniciativa de reforma presentada por AMLO ante la Cámara de Diputados buscaría modificar el Artículo 24 de la legislación mencionada en el que se agregaría la posibilidad de portar estos dispositivos en las funciones en que se justifique su necesidad para permitir la presencia de estos en las instituciones descentralizadas o autónomas afectadas.

Otras de las instituciones incluirían el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), la Casa de Moneda de México y Banxico, CFE, Pemex y el SAT en tareas estratégicas de cada una de estas en las que se lleven a cabo labores de seguridad.

A esa adición a la Ley Federal de Armas de Fuego se le sumará otro cambio, pero en el Artículo 25, que su eventual aprobación permitiría crear una licencia de portación de armas en un nuevo esquema de Oficiales colectivas en los organismos públicos mencionados.

Para acceder a este permiso bajo la nueva modalidad será un requisito previo que la Secretaría de la Defensa Nacional emita la autorización correspondiente, misma que será de carácter temporal y que tendría una vigencia bianual para renovarse periódicamente para el personal, que deberá contar con la licencia correspondiente para portar armas.

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