La Suprema Corte de Justicia suspendió por tiempo indefinido la aplicación del plan B de reforma electoral, por lo que el INE podrá operar como antes de la reforma impulsada por el presidente López Obrador.
El ministro Javier Laynez Potisek admitió ayer a trámite la controversia constitucional interpuesta por el INE contra las reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General de Partidos Políticos, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y contra la nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
El ministro instructor concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma”, indicó la Corte.
Otras veces, recordó, se ha resuelto que en controversias constitucionales es válido otorgar la suspensión, aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos.
“En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a derechos político-electorales de la ciudadanía”, agregó.
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Javier Laynez Potisek, concedió la suspensión solicitada por el Instituto Nacional Electoral (INE) respecto de todos los artículos impugnados del Decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma.
Dicha suspensión fue otorgada debido a que el decreto no sólo contiene normas de carácter general, sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede.
Al aceptar a trámite una controversia constitucional interpuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE), el ministro del Alto Tribunal estimó que la aplicación de las reformas aprobadas por el Congreso de la Unión el mes pasado podrían violar los derechos políticos-electorales de la ciudadanía, por lo que concedió la suspensión solicitada.
Al admitir la demanda de Controversia Constitucional que interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del ‘Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral’.
El ministro instructor de la SCJN solicitó a las autoridades demandadas, que son el Congreso de la Unión y Ejecutivo federal, que presenten su contestación dentro del plazo legal.
Cabe destacar que la SCJN ha resuelto en ocasiones anteriores que en Controversias Constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos.
Excélsior