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Ciudad Juárez

Decreto que hace oficial el pase de GN a la Sedena es publicado en el DOF

10 de septiembre de 2022

A partir de este sábado, la Guardia Nacional dependerá administrativa y operativamente de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en Materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública”, indica el documento.

Horas antes, el presidente Andrés Manuel López Obrador nombró al general Luis Cresencio Sandoval, Secretario de la Defensa Nacional (Sedena), como encargado de la operación de la Guardia Nacional. “Aquí está conmigo Luis Cresencio Sandoval González, el general secretario de la Defensa, y él es el encargado de la operación de la Guardia Nacional”, dijo durante un evento en Durango el viernes.

De acuerdo con el decreto, publicado en su edición vespertina de este sábado, al personal naval reclutado para conformar la Guardia Nacional se le cancelará el documento que legalmente acredite el grado jerárquico con que cuente y se le expedirá uno nuevo con el grado equivalente que corresponda dentro de la Policía Militar en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

A su vez, la Secretaría de Marina Armada de México (Semar) transferirá las plazas correspondientes, en términos de las disposiciones aplicables. Al personal se le serán respetados su antigüedad, derechos y beneficios adquiridos.

Además, en tanto no exista personal con formación de Guardia Nacional con grado de Comisario General en activo, la persona titular de la Comandancia de este cuerpo de seguridad pública será designada por el Ejecutivo Federal, a propuesta de la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

El personal militar que actualmente integra la Guardia Nacional continuará en esa situación bajo el mando de la persona comandante de dicha institución de seguridad pública.

Recursos La Semar transferirá a la Sedena los recursos financieros y presupuestarios que correspondan en el presente ejercicio fiscal para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales respecto del personal naval que se transfiera a la Guardia Nacional, conforme a lo señalado en los párrafos primero y segundo del transitorio segundo del decreto.

En tanto, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC): – Coordinará con la Sedena la homologación del adiestramiento especializado, considerando la Estrategia Nacional de Seguridad Pública. – Transferirá a la Sedena, dentro de un plazo de 60 días naturales, los recursos presupuestarios y financieros que correspondan para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales y gastos de operación de la Guardia Nacional, así como los recursos materiales destinados a su operación.

Ello, con excepción de aquellos requeridos para el personal que seguirá bajo la adscripción de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Asimismo, destinará dichos recursos a la Secretaría de la Defensa Nacional conforme vayan quedando vacantes las plazas. – Dispondrá que el personal procedente de la extinta Policía Federal cese de prestar sus servicios en la Guardia Nacional, por lo que seguirá bajo su adscripción, conservando sus derechos laborales adquiridos.

El personal que pertenezca a los organismos especializados de la Guardia Nacional continuará prestando sus servicios en dicha institución de seguridad pública de manera temporal, conforme a los convenios de colaboración que para tal efecto se formalicen entre las Secretarías de Defensa Nacional y del ramo de seguridad pública. – Relevará gradualmente al personal que integra la Coordinación de Administración y Finanzas de la Guardia Nacional, por aquél que proponga la persona comandante de esa institución.

El personal relevado mantendrá su adscripción a la propia dependencia.

A su vez, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en uso de sus atribuciones: – Observará lo señalado en el tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el Ejercicio Fiscal 2022, para dar cumplimiento a lo previsto en el decreto. – Realizará las acciones que correspondan para que la Secretaría de la Defensa Nacional cuente con los recursos presupuestarios para cubrir las vacantes a que se refiere la fracción II del artículo sexto transitorio del decreto.

Conforme el personal naval sea reasignado a la Secretaría de Marina en términos del segundo transitorio del presente Decreto, la Secretaría de la Defensa Nacional solicitará a Hacienda que realice las acciones necesarias, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, para contar con los recursos presupuestarios y las plazas correspondientes para dar cumplimiento con lo establecido en el decreto.

En tanto, el senador del Grupo Plural, Emilio Álvarez Icaza, informó que el llamado bloque de contención en la Cámara de Senadores alista una controversia constitucional en contra de dicho decreto que modifica cuatro ordenamientos legales, para que la Sedena ejerza el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional (GN). “Tenemos un máximo de 30 días para promover la controversia constitucional, una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF)”, adelantó en entrevista.

EXP

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