Con el objetivo de proteger a la población contra la exposición al humo de tabaco en México, este domingo 15 de enero entrarán en vigor las modificaciones al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
Este decreto establece que los puntos de venta como las tiendas de conveniencia, establecimientos comerciales y supermercados tienen prohibido exhibir publicidad o generar difusión de los cigarros.
Para su comercialización, el vendedor deberá realizar una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas.
La publicidad de productos elaborados con tabaco también quedará prohibida en medios de comunicación como la radio y televisión, además de redes sociales, reuniones o comunicaciones personales y mensajes enviados por correo.
Lugares en los que ya no podrás fumar
De igual manera, el decreto establece que quedará prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva como:
Patios
Terrazas
Balcones
Parques de diversiones
Áreas de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes
Parques de desarrollo urbano
Parques deportivos
Playas
Centros de espectáculo y entretenimiento
Canchas
Estadios
Arenas
Plazas comerciales
Mercados
Hoteles
En habitaciones y áreas con acceso al público o de uso común en hoteles
Hospitales
Centros de salud
Clínicas médicas
Sitios o lugares de culto religioso
Lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas
Paraderos de transporte
En zonas 100% libres de humo de tabaco
Multa por fumar en espacios públicos
De acuerdo con la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores de la Ciudad de México, en caso de que a algún ciudadano llegue a fumar en alguno de los lugares libres de humo, se le impondrá una multa de 10 unidades a 30 Unidades de Medida y Actualización, por lo que la sanción podría ser de entre 900 y 2 mil 800 pesos.
En el caso de los establecimientos se harán acreedores a una multa, clausura temporal o definitiva del negocio y arresto por hasta 36 horas.
QuintoPoder