Un Tribunal federal aprobó este miércoles que se inicie el juicio contra el exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, por presuntos sobornos que habría recibido el exdirector de Pemex por parte de la empresa brasileña Odebrecht.
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal, quien resolvió por unanimidad una queja presentada por Emilio Lozoya, ordenó desechar un amparo con el que Pemex buscaba revertir la cancelación de pruebas financieras procedentes de Brasil y Suiza sobre supuestos depósitos ilegales.
Fue el Magistrado Miguel Ángel Medécigo Rodríguez, del Tribunal Colegiado en materia penal, quien determinó que se pueda iniciar el juicio contra el exdirector de Pemex, por lo que es posible que Lozoya sea citado a audiencia para determinar su situación jurídica, acusado de los delitos de asociación delictuosa, cohecho y operaciones con recurso de procedencia ilícita.
En marzo de 2023 un Juez del Centro de Justicia Penal Federal en el reclusorio Norte, Gerardo Alarcón López, calificó como “ilícita” la información financiera recabada por la Fiscalía General de la República (FGR) para demostrar que Emilio Lozoya recibió presuntos sobornos de la constructora brasileña.
Por lo anterior, el 19 septiembre del año pasado, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en materia Penal en la Ciudad de México confirmó la exclusión de la información financiera aportada por Brasil y Suiza que utilizaría la dependencia federal.
Con ello, el amparo presentado por Pemex, fue admitido a trámite por el Tribunal federal, lo cual originó la queja presentada por Emilio Lozoya con la que ahora fue desechado el recurso presentado por la dependencia.
Emilio Lozoya Austin, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex) en el sexenio de Enrique Peña Nieto y acusado de varios delitos como lavado de dinero y corrupción, quedó en libertad el martes 20 de febrero, bajo arresto domiciliario, para continuar con su proceso por el caso Odebrecht.
Las autoridades no dieron más detalles acerca de la salida de Lozoya Austin, quien luego de dos años preso, salió del Reclusorio Norte cerca de las 20:00 horas, en una camioneta Toyota color plata, que fue seguida por los medios de comunicación, con dirección al sur de la capital del país.
Horas antes, un Tribunal federal le concedió la medida de prisión domiciliaria, que le permitirá seguir su juicio fuera de la cárcel.
“El día de hoy, el Juez de Amparo Juan Pedro Contreras Navarro, lo deja en libertad procesal para que así continúe su juicio, porque considera que no existe riesgo de que se sustraiga de la acción de la justicia, haciendo caso omiso de que dicho individuo fue aprehendido en España, después de haberse dado a la fuga”, cuestionó la Fiscalía General de la República (FGR) en un comunicado.
La FGR dijo en el mismo texto que “quiere dejar muy claro que Emilio ‘N’ no ha ganado ningún juicio al que el Ministerio Público de la Federación lo ha sometido; y solo ha obtenido de Jueces y Magistrados de la Federación, privilegios procesales totalmente injustos y desproporcionados”.
Las resoluciones, añadió la FGR, “han sido dictadas en forma parcial e ilegal por el Juez de Control Gerardo Genaro Alarcón López y por los Magistrados de los Tribunales de Apelación Alberto Torres Villanueva y Juan Pedro Contreras Navarro”.
Las autoridades también denunciaron que, entre estas decisiones, se excluyeron pruebas de la Fiscalía “que lícitamente fueron obtenidas en Brasil y en Suiza, mediante tratados internacionales válidos que México ha suscrito, violando así lo establecido en dichos convenios que tienen respaldo constitucional”.
Por último, se refirió a la inminente liberación de Lozoya. “Todos estos privilegios injustos, inequitativos y parciales, así como las descalificaciones constantes al respecto son inaceptables; por lo que de inmediato se presentará el recurso de revisión correspondiente, para obtener la justicia en este caso, que ha sido tan complicado lograr, en razón de lo expuesto”, acusó la dependencia encabezada por Alejandro Gertz Manero.
Las pruebas clave que la FGR buscaba presentar en el caso eran comprobantes financieros de bancos suizos y de transferencias de recursos a empresas offshore, pero los magistrados del Tribunal Colegiado solo admitieron el medio de prueba relacionado con el procedimiento judicial iniciado en Nueva York contra Odebrecht, descartando las pruebas bancarias.
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