Un tribunal turco ordenó a un hombre pagar compensación económica y moral a su exesposa después de que ella descubriera que su número estaba guardado en su teléfono bajo el nombre de “gordita” (“tombul” en turco). El caso, ocurrido en la ciudad de Uşak, sienta un precedente sobre el uso de apodos considerados denigrantes dentro de las relaciones de pareja.
Durante el proceso de divorcio, la mujer presentó como evidencia que su esposo la había registrado como “Tombek”, un término coloquial que significa “gordita”. Argumentó que el apodo era degradante y afectó su dignidad durante el matrimonio.
El Tribunal de Casación coincidió con esa interpretación y consideró el apodo una forma de maltrato verbal y simbólico. Ordenó al hombre pagar una suma no especificada por daños materiales y morales.
La decisión generó debate en redes sociales. Algunos usuarios apoyaron la medida al considerar que las palabras también pueden constituir violencia simbólica. Otros, en cambio, defendieron que era una expresión afectiva sin intención de ofensa.
El caso reabre la discusión sobre los límites de la privacidad en las parejas y el papel de la justicia en conflictos de comunicación cotidiana. La sentencia subraya que el significado de las palabras depende de cómo las percibe quien las recibe y del impacto que generan en su vida emocional.
